En la actualidad, el diccionario de la Real Academia Española define “padrón” como la nómina de los vecinos o moradores de un pueblo. En el Diccionario de Autoridades, primer diccionario de la lengua castellana, publicado entre los años 1729 y 1736, tiempo en el que se elaboraban padrones de hidalguía, la definición era un tanto más precisa: “la nómina o lista que se hace en las Ciudades, Villas y Lugares, para saber por sus nombres el número de vecinos contribuyentes, para los tributos y pechos Reales” (Real Academia Española, Diccionario de la lengua castellana : en que se explica el verdadero sentido de las voces ... con las phrases o modos de hablar, los proverbios o refranes y otras cosas convenientes al uso de la lengua... En Madrid : en la imprenta de la Real Academia Española : por los Herederos de Francisco del Hierro, 1737). Se hacía constar, así, el rasgo que define el nacimiento de los padrones de hidalgos, su carácter fiscal.
Los primeros padrones, llamados de “moneda forera”, estaban vinculados a la renovatio moneta, la práctica falsificadora oficial que los reyes realizaban, por lo general, cuando se veían acuciados por los gastos extraordinarios de guerra. Esta práctica, en el ejercicio del ius moneta o poder sobre la moneda que pertenecía en señorío al rey como facultad propia e inenajenable, consistía en manipular y falsificar la moneda, reduciendo su valor intrínseco con la merma del metal precioso de su composición y conservando el valor oficial. A este tipo de moneda se la llamaba “dineros negros” o “dineros de la guerra”.
Esta facultad real, aunque reconocida, será cuestionada, en aras del interés general, en el siglo XIV por Nicolás de Oresme en su tratado De moneta. Sin embargo, en las Cortes de Benavente del año 1202, durante el reinado de Alfonso IX de León, se establece la regulación de moneda forera. El rey, que había devaluado intensamente la moneda a finales del siglo XII, se compromete, ante las protestas de los concejos y el pueblo, a no quebrar la moneda durante siete años pactando, a cambio, un impuesto o pecho que con el paso del tiempo, se convierte en un impuesto estructural del reino.
La recaudación se realizaba cada siete años, mediante el sistema de repartimiento entre los vecinos, siendo necesaria la realización de padrones donde se establecía, en cada concejo, la relación de personas que debían contribuir. Este impuesto sólo tenían obligación de pagarlo los labradores llanos o pecheros que tenían un mínimo de patrimonio, aunque en los primeros momentos los nobles y eclesiásticos también debieron contribuir, si bien pronto quedaron exentos.
Las reformas borbónicas de la hacienda real, en el año 1724, durante el reinado de Luis I, suponen el final de los padrones de moneda forera, sustituidos por los padrones de distinción de estados (Pérez Lozano, Cristina, “Fuentes documentales para el estudio de la población y la investigación genealógica: los padrones”, en Boletín de la Academia Asturiana de Heráldica y Genealogía, Oviedo, 2001, núm. 6, pp. 7-34) que se elaborarán con fines no sólo fiscales sino también sociales al establecer la distinción entre los dos estados, el noble y el llano o general, de capital importancia durante el Antiguo Régimen, pues los hidalgos gozaban en razón de su estado, que la anotación en los padrones garantizaba, de privilegios fiscales y otras prerrogativas jurídicas y políticas, disfrutando de derechos tales como ser juzgados por sus pares, la inviolabilidad de domicilio, no sufrir tormento, no ser embargados por deudas (si se exceptúan las contraídas con el rey) y el acceso a los cargos municipales, entre otros.
Tanto es así, que cuando un nuevo vecino se afinca en un concejo, se le ponen trabas de todo tipo para encuadrarlo como hidalgo, siendo obligado a presentar su ejecutoria de hidalguía. Esto le suponía recurrir a la Chancillería de Valladolid y acarreaba cuantiosos gastos, pero el disfrute de la condición de hidalgo implicaba una preeminencia social, ejemplificada en la “pureza de sangre” o condición de cristiano viejo.
Los padrones de hidalguía perduran hasta el primer tercio del siglo XIX, cuando la desamortización de Mendizábal, en 1836, transforma la realidad económica y social de España. El último padrón conocido en el concejo de Cangas de Onís está fechado en el año 1831 y figura entre los transcritos en este libro. Abolidos como instrumentos administrativos y fiscales, los padrones no dejan, por ello, de tener su interés en el presente. Con su estudio se logra no sólo el conocimiento de los ancestros, sino también otros datos de utilidad para diversas disciplinas.
Recientemente hemos sabido la importante contribución que la genealogía ha tenido en la solución a un misterio médico: la muerte súbita de una treintena de niños y jóvenes aparentemente sanos en el sur de la isla de Gran Canaria. La elaboración de un árbol genealógico ha permitido descubrir el ancestro común a todos ellos, el primer miembro familiar que sufrió esta mutación genética que dispara el riesgo de sufrir una arritmia mortal. A partir de dicho árbol genealógico se ha elaborado un análisis estadístico que ha permitido identificar a un millar de personas en la isla como posibles portadores de la mutación previniendo así, con el tratamiento correspondiente, sus mortales consecuencias. No cabe duda que este ejemplo es excepcional, pero ya don Vicente de Cadenas y Vicent, el gran genealogista y heraldista español, señaló su utilidad en el ámbito de la medicina como ciencia auxiliar, en aquellos casos de enfermedades hereditarias y defectos congénitos, al proporcionar al médico datos relacionados con los ancestros del paciente, como enfermedades o causas de fallecimiento.
Para otras disciplinas científicas como la demografía, la sociología y la estadística, los padrones constituyen fuentes documentales de especial relevancia. La demografía histórica se sirve de estas nóminas de vecinos para establecer la evolución de la población en el tiempo y su cambiante distribución en el territorio. La cuantificación del movimiento natural de la población, el análisis estadístico de la población del concejo, con el crecimiento demográfico de algunos lugares en detrimento de otros o los movimientos migratorios a las colonias americanas y otras regiones españolas, pueden conocerse mediante el estudio de los padrones de hidalguía.
El conocimiento histórico de la organización social del concejo de Cangas de Onís en siglos pasados, que otras fuentes documentales dibujan de modo fragmentario, también es posible con el auxilio de estas relaciones vecinales. La estructura de la población, su organización en “castas” de hidalgos, y pecheros, su disposición geográfica, muy distinta a la actual, con una división en dos del concejo, las llamadas “cuallas” de abajo y de arriba, que a su vez se dividían en cuartos, los de Intriago, Labra, Cangas y Agüera. Estos padrones de hidalguía ahora publicados nos invitan a analizar esa distribución territorial a lo largo de los siglos, a comprobar como un lugar tan desconocido y fuera de la dinámica económica y social del actual concejo, como es Agüera, dio nombre a uno de los cuartos en que se dividía en el siglo XVII. Y cómo se forman las élites sociales, mediante el establecimiento de vínculos familiares entre las casas solariegas del concejo y de otros vecinos, en aras del mantenimiento de los mayorazgos y la preeminencia social de las familias principales.
Ahora bien, no cabe duda que los mayores frutos de este libro han de producirse en un campo actualmente en auge, la investigación genealógica. El creciente interés por el estudio de las raíces familiares en España es un fenómeno evidente, con la multiplicación de las publicaciones, las conferencias y congresos y el número de asociaciones dedicadas a la genealogía. Considerada por unos como ciencia auxiliar de la Historia y por otros como una rama autónoma de las Ciencias Sociales, su objeto primordial es el estudio de la historia de las familias y de los parentescos y ha de entenderse como el conjunto de estudios sobre la filiación y parentesco de individuos, linajes o grupos humanos, que proporcionan infinidad de datos de carácter demográfico y sobre comportamiento humano que permite un mejor conocimiento de la población.
Con la publicación de estos padrones de moneda forera e hidalguía, únicos que conocemos del concejo de Cangas de Onís (habría que añadir la nómina de vecinos de Llerices y La Riera de Covadonga del año 1656, publicada por Elviro Martínez: Martínez, Elviro, “El coto de Covadonga en 1656”, en Boletín del Instituto de Estudios Asturianos, Oviedo, Ridea, 1997, núm. 149, pp. 209-214. En varias notas, relaciona los datos publicados con otros del “padrón de 1657)], el autor ha puesto a disposición de los amantes de la genealogía un instrumento de primer nivel en el estudio de su historia familiar. Sería de desear que dichos estudios no se limitasen al objetivo primario, la clásica elaboración del árbol genealógico de la familia, sino que se profundizase en el estudio, abordando un análisis o interpretación histórica de los resultados logrados, alcanzando un conocimiento más hondo de la vicisitudes vitales de nuestros antepasados: su distribución geográfica, los enlaces familiares, las profesiones a que se dedicaron o su participación en la vida social de la comunidad que los acoge, entre otras muchas posibilidades.
Jose Manuel Trespando Corredera, nacido en La Riera de Covadonga en 1959, reside desde hace años en Navalmoral de la Mata (Cáceres). Es miembro fundador de Hispagen, Asociación de Genealogía Hispana, de la que ha sido secretario, y autor de Apresamiento de un escribano, donde recoge la querella presentada por Antonio de Soto, vecino del concejo de Cangas de Onís, contra Gonzalo de Teleña, vecino y escribano del número y ayuntamiento del mismo concejo, y alférez y regidor del concejo de Amieva, por haber anotado en los padrones como hidalgos, en perjuicio del estado noble, a personas que no lo eran. En este libro rescata y publica, por vez primera, los padrones de moneda forera del concejo de Cangas de Onís de los años 1650 y 1656 ([Madrid]: [EyP], 2005. ISBN 84-609-6800-6). También es autor del artículo “La almagrera de Labra: la piedra del escándalo”, donde proporciona información sobre la minería del almagre en el concejo, de importancia en los siglos XVI y XVII (publicado en Abamia: cien años de abandono, Corao: Asociación Cultural Abamia, 2004).
A lo largo de estos años, muchas han sido las personas que se han puesto en contacto conmigo para tratar sobre la historia de Cangas de Onís, antes y durante el tiempo transcurrido desde mi nombramiento como cronista oficial del concejo, y muchas también las que han agradecido con una cita o un ejemplar de sus trabajos la humilde colaboración de quien esto escribe. Y entre ellas, José Manuel Trespando merece un lugar destacado, como persona que ha dado más de lo que ha recibido. Su incesante labor de investigación en los archivos españoles, en el campo de la genealogía, nos ha permitido conocer mejor las relaciones familiares entre las casas solariegas del concejo, así como informaciones destacables, sobre el monasterio de San Pedro de Villanueva en relación a los hidalgos escuderos de Margolles y sobre la elección de alcaldes del concejo de Cangas de Onís en el Campo de la Jura, en Soto de Cangas.
Este su último y laborioso trabajo, la transcripción de los padrones de hidalguía conservados en el Archivo Notarial de Cangas de Onís, que publica conjuntamente con los padrones de moneda forera que descubriera hace años en la Real Chancillería de Valladolid, conforma un conjunto documental de primer nivel, constituyendo una nueva aportación al conocimiento de su concejo natal, al facilitarnos una fuente imprescindible para el estudio de nuestra historia moderna.
Celso Diego Somoano
Cangas de Onís, septiembre de 2009 |